Reto Módulo 3-P2P

¡Hola, buenas!

1. Presentación de la política pública que he elegido

Yo he elegido el Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre, de igualdad retributiva entre mujeres y hombres. Se trata de una normativa estatal, emitida por parte del Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática.

Este RD surge debido a la obligación que tienen los poderes públicos de garantizar la efectividad del principio de igual retribución por trabajos. Este principio ya fue configurado en 1975 mediante la Directiva 75/117/CEE del Consejo, y a nivel de la Unión Europea, en 2006 a través de la Directiva 2006/54/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a la aplicación del principio de igualdad de oportunidades e igualdad de trato entre hombres y mujeres en asuntos de empleo y ocupación. En dicha Directiva, se establece como discriminación directa «la situación en que una persona sea, haya sido o pudiera ser tratada por razón de sexo de manera menos favorable que otra en situación comparable». Esto quiere decir que en el ámbito retributivo la discriminación directa se producirá no solo cuando una persona sea tratada de una forma menos favorable, sino también cuando se la pueda tratar menos favorablemente que otra en situación comparable.

Su ámbito de intervención será nacional. Concretamente, se aplica al ámbito de las relaciones laborales reguladas en el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 2/2015).

Esta normativa surge en un contexto de alta promoción de políticas de igualdad e incentivación de la equidad en España, para complementar el resto de legislación clave sobre igualdad, que se puede consultar desde la página web del Ministerio de Igualdad de España. Actualmente, España representa uno de los países de la Unión Europea que ha promocionado y reivindicado en mayor medida este tipo de políticas igualitarias.

2. Análisis de la política

-Roles: el objetivo de este RD es establecer medidas específicas para ejercer el derecho a la igualdad de trato y a la no discriminación entre mujeres y hombres en materia retributiva. Este derecho ya existía, pero no se había llevado a cabo en la práctica real de manera concreta. Por eso, este RD desarrolla los mecanismos para detectar y corregir la discriminación, promoviendo las acciones necesarias. En cuanto a la pregunta de si impacta en los roles de género, yo creo que se ve claramente su relación. Tradicionalmente, durante miles de años los hombres han sido los cabezas de familias, realizando empleos y consiguiendo el sustento y medios económicos para la familia, mientras que las mujeres eran las encargadas de traer al mundo a la descendencia, cuidarlos y realizar las tareas del hogar. Lo cual no llevaba consigo ningún tipo de retribución económica. Por lo tanto, claramente eran necesarias este tipo de políticas, ya que gracias a la lucha por la igualdad, la mujer se ha podido ir incorporando al mercado laboral en los últimos años, empezando a realizar empleos que nunca antes habían sido llevados a cabo por mujeres, sino solo por hombres. Debido a esta "novedad", los salarios de las mujeres que están en los mismos puestos que los hombres, realizando la misma función, inicialmente eran inferiores, ya que se consideraba (debido a estereotipos, roles de género y pensamientos discriminatorios) que la mujer no era capaz de realizar en igualdad de condiciones un empleo que tradicionalmente era de hombres. Por lo tanto, esta política incide directamente en los roles de género, e intenta desmontar mitos y estereotipos para una retribución justa y equitativa. 

-Recursos: esta política tiene un claro efecto en el acceso igualitario a los recursos económicos, puesto que ese es su principal objetivo, descrito en el artículo 1. En el artículo 3, se establece que las empresas y los convenios deberán aplicar el principio de transparencia retributiva, para identificar las discriminaciones existentes, principalmente en cuanto a la valoración de los puestos de trabajo. Se investigarán los casos en los que, desempeñando un trabajo de igual valor que el que desempeña un hombre, se reciba una retribución menor que no pueda justificarse de manera legítima (cuando la propia justificación sea la razón del género). Para ello, se valorará adecuadamente el valor del trabajo, empleando una serie de criterios descritos en el artículo 4.

-Representación: respecto al papel que juegan las mujeres en este proyecto, comentaremos su rol en el ámbito de la participación institucional. El Ministerio de Trabajo y Economía Social y el Ministerio de Igualdad, por medio del Instituto de la Mujer y con la colaboración de las organizaciones empresariales y sindicales más representativas, realizará una guía de buenas prácticas aplicable a este RD. Tomándolas como referencia, se llevará a cabo la negociación colectiva para identificar y eliminar los estereotipos que subyacen en la contratación y promoción laboral, incidiendo en el personal directivo y el personal responsable de recursos humanos de las empresas. Asimismo, se usarán como guía para realizar una adecuada valoración de los puestos de trabajo

Por otro lado, el Instituto de la Mujer, con la participación y la colaboración de las organizaciones mencionadas, promoverá medidas de información y de sensibilización dirigidas a las personas negociadoras de convenios, acuerdos colectivos y planes de igualdad, para dejar atrás los estereotipos y sesgos de género e implementar la perspectiva de género en las empresas.

3. Impacto y resultados de esta política

Las personas beneficiarias serían todas las mujeres incorporadas al mercado laboral o en proceso de hacerlo, que se rijan por la Ley del Estatuto de los Trabajadores. Principalmente, afectará de manera positiva a todas aquellas mujeres que se encontrasen o pudieran encontrarse en situación de discriminación retributiva. Desconozco el impacto real a día de hoy, pero considero que se debe tener en cuenta una doble vertiente; no solo el impacto económico, que es el principal objetivo del RD, sino también el impacto en la salud mental y bienestar de las mujeres. La discriminación y sensación de injusticia laboral, así como la falta de reconocimiento adecuada del trabajo, repercute de manera negativa en las enfermedades mentales, tales como depresión, ansiedad, estrés, etc. Creo que esta política ha tenido y tendrá un efecto muy positivo para la igualdad, y que contribuirá a una sociedad más justa y con valores.

4. Puntos fuertes y debilidades de esta política

En cuanto a las debilidades, creo que se podría considerar la valoración inadecuada de los puestos de trabajo, de la cual dependerá la retribución. Por mucho que existan guías de buenas prácticas, si las personas que toman las decisiones no son sensibilizadas para superar los estereotipos y prejuicios, me temo que la valoración del trabajo podría ser subjetiva, parcial y con sesgos. A esto habría que sumarle que, si las personas que toman esas decisiones son hombres y tienen esos estereotipos, será más probable que realicen una valoración inadecuada del puesto de trabajo, que si fuera una mujer la que lo llevara a cabo. También considero que harían falta más políticas transversales tales como campañas de concienciación a la población general y una mejor educación en los colegios.

Respecto a los puntos fuertes, creo que una mayor información y sensibilización de manera gradual en la sociedad contribuirá a que estas situaciones de injusticia y desigualdad se vayan produciendo con menor frecuencia en el futuro. Además, las empresas y convenios colectivos tendrán que integrar el principio de transparencia retributiva, lo cual creo que ha contribuido y seguirá contribuyendo a una mayor presión para ejercer el derecho de igualdad retributiva.


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